Recibir, resguardar y registras las declaraciones de situación patrimonial que deban presentar los servidores públicos municipales, así como, validar el cumplimiento de dicha obligación, previa revisión de su contenido;
Coordinar las campañas de promoción, difusión y cumplimiento de las declaraciones de situación patrimonial a cargo de los servidores públicos municipales;
Auxiliar a los servidores públicos que así lo requieran, en el llenado de sus declaraciones patrimoniales y aclarar las inconformidades de los servidores públicos municipales respecto de las circunstancias implícitas con su situación patrimonial;
Llevar, en términos de las disposiciones aplicables, el registro y acusar recibo de los obsequios entregados a los servidores públicos con motivo del ejercicio de su empleo, cargo o comisión y registrarlos en el libro correspondiente y, en su caso, levantar las actas que consignen las características de dichos bienes;
Coordinar las acciones del proceso de Entrega-Recepción, conforme a los lineamientos que establezca el Contralor Municipal;
Intervenir en la Entrega Recepción de los servidores públicos municipales que se separen de su empleo, cargo o comisión, así como cumplir y vigilar el cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto sean emitidas;
Brindar asesoría y apoyo técnico a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, sobre el proceso de Entrega y Recepción
Recibir, registrar y custodiar, las actas de Entrega-Recepción de las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal;
Revisar y turnar a la Dirección de Investigación en Materia de Responsabilidades Administrativas, los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos que con motivo del Proceso de Entrega-Recepción se realicen, mediante quejas o denuncias, o derivadas de las revisiones de los registros en materia de Entrega Recepción previo acuerdo del Contralor Municipal;
Planear, organizar y revisar el sistema de control y evaluación que realicen las Contralorías Internas, así como, el de auditoría y fiscalización de las acciones sociales gubernamentales del Municipio;
Proporcionar asesoría y apoyo técnico en materia de control y evaluación a las Contralorías Internas de las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal;
Realizar las auditorías a las Secretarías, Dependencias o Entidades de la Administración Pública Municipal, en materia de asignación y ejecución de acciones sociales, a fin de promover la legalidad, transparencia, eficacia y eficiencia en la gestión pública municipal y propiciar la consecución de los objetivos en sus programas;
Emitir y suscribir con el Contralor Municipal, los pliegos de Observaciones, concluyentes, preventivos o de cualquier naturaleza, derivados de las visitas, inspecciones, evaluaciones, revisiones y auditorías practicadas a las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal y/o en su caso, basados en los informes y pliegos de observaciones que formulen las Contralorías Internas, en materia de acciones sociales gubernamentales;
Turnar a la Dirección de Investigación en Materia de Responsabilidades Administrativas los expedientes generados de las acciones de Control y Evaluación o en su caso de las auditorías y revisiones practicadas en materia de acciones sociales gubernamentales, de las que se deriven observaciones con probable responsabilidad administrativa disciplinaria, resarcitoria o ambas, previa autorización del Contralor Municipal;
Supervisar de manera directa o a través de las Contralorías Internas el uso, ejercicio y destino de los recursos públicos estatales y, cuando proceda, de los federales, así como de los ingresos, vigilando el cumplimiento de la normatividad, en materia de acciones sociales gubernamentales;
Rendir por escrito al Contralor Municipal mensualmente o en los plazos que esté establezca, un informe de las actividades realizadas en su área de competencia y por el personal a su cargo, así como aquellos que le sean solicitados de manera directa por el Contralor Municipal.
Coordinarse con la Secretaría de la Contraloría del Estado, con la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes, para el auxilio y cooperación en asuntos de su competencia, en los casos que determine el Contralor Municipal.
Recibir de la Secretaría Estatal de la Contraloría, asesoría y apoyo técnico con base a los acuerdos celebrados para el fortalecimiento del Sistema de Control y Evaluación Municipal, en los casos que determine el Contralor Municipal.
Promover la participación ciudadana en las acciones del gobierno municipal mediante la figura de la Contraloría Social; impulsando las mejores prácticas en coordinación con las instancias federales, estatales y de la sociedad civil;
Vigilar que se cumplan los plazos para la presentación de la declaración de situación patrimonial, conforme lo determina el artículo 33 de la Ley de Responsabilidades; se requerirá por escrito al declarante el cumplimiento de dicha obligación, turnando vista a la autoridad investigadora; en caso de no ser así, se turnara a la Dirección de Investigación en Materia de Responsabilidades Administrativas para dar inicio a la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas y para continuar con el procedimiento correspondiente;
Las demás que les confieran otras disposiciones legales y aquellas que les encomiende el Contralor Municipal.
Fungir como enlace en las comisiones de transparencia y manuales de organización, previa designación del Titular de la Contraloría Municipal;
Asistir a reuniones y eventos que involucren la participación de la Contraloría Municipal;
Suplir y representar al Titular de la Contraloría Municipal en los actos y eventos que así se le designe;
Coordinar y llevar a cabo los Eventos que le asigne el Titular de la Contraloría Municipal;
Verificar que las estructuras orgánicas de la Administración Pública Municipal se apeguen a lo dispuesto en la legislación y reglamentación correspondiente, de manera específica que estén conforme fue aprobado por el H. Ayuntamiento en los Reglamentos Interiores aplicables a cada Unidad Administrativa;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones;