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OBET GONZALEZ PEÑA

Director de Auditoría

ID: 060196416717
Datos del Carnet
  • Fecha Expedición 2025-01-01
  • Fecha Vigencia 2027-09-29
  • Estatus Baja

Información Personal

Nombre Completo
OBET GONZALEZ PEÑA
Dependencia
CONTRALORÍA MUNICIPAL
Área
DIRECCIÓN DE AUDITORÍA
Puesto
Director de Auditoría
Turno
Matutino
Clave de Servidor Público
060196416717
Director
TOMÁS FRANCISCO VILLANUEVA COURT
Funciones
Realizar las Auditorías de tipo contable, financiero, legal, operacional y de cualquier otra naturaleza, proponiendo al Contralor Municipal los programas generales de dichas Auditorías.
Realizar las Auditorías a las Secretarías, Dependencias o Entidades de la Administración Pública Municipal, a fin de promover la eficiencia y eficacia en la gestión pública y propiciar la consecución de los objetivos en sus programas.
Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas en materia de sistema de registro y contabilidad, contratación y remuneraciones al personal, contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios, concursos, licitaciones, suministro, conservación, uso, destino, afectación, enajenación, almacenamiento en su caso y baja de bienes muebles, inmuebles, derechos y demás activos y recursos materiales.
Revisar que la información financiera que formulen las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, se hayan efectuado, registrado y conservado conforme a los Principios de Contabilidad Gubernamental generalmente aceptados y en su caso, conforme a las disposiciones legales aplicables y lineamientos que al efecto emita el propio Ayuntamiento en esta materia.
Diagnosticar u observar en su caso, si las operaciones de las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, son congruentes con los procesos, requisitos y plazos en materia de planeación, programación y presupuesto.
Diagnosticar el contenido de los informes derivados de la realización de auditorías a las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, conforme a sus resultados, incluyendo la realización de medidas correctivas y requiriendo el cumplimiento a las mismas.
Dar continuidad y atención a las Auditorías Estatales y Federales.
Emitir y suscribir conjuntamente con el Contralor Municipal, los pliegos de Observaciones, concluyentes, preventivos o de cualquier naturaleza, derivados de las visitas, inspecciones, evaluaciones, revisiones y auditorías practicadas a las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal y/o en su caso, basados en los informes y pliegos de observaciones que formulen las Contralorías Internas.
Informar al Contralor Municipal de los pliegos de observaciones, preventivos, concluyentes, o de cualquier naturaleza, así como de las conclusiones en las auditorías, de las irregularidades y resultados de las investigaciones y supervisiones que se hubieran realizado a las Secretarías, Dependencias y Entidades auditorias.
Rendir por escrito al Contralor Municipal mensualmente o en los plazos que éste establezca, un informe de las actividades realizadas en su área de competencia y por el personal a su cargo, así como aquellos que le sean solicitados de manera directa por el Contralor Municipal.
Realizar auditorías a fondos de programas coordinados con la Federación, Estado u otros Municipios y en su caso proponer a las Contralorías Internas los sistemas y procedimientos técnicos, contables y jurídicos a que debe sujetarse la vigilancia de fondos y valores administrados por la Secretaría, Dependencia o Entidad responsable.
Dar seguimiento al proceso de solventación de las irregularidades u observaciones que se detecten mediante auditoría.
Turnar a la Dirección de Investigación en Materia de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría Municipal, los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos que, con motivo de revisiones o auditorías practicadas, en contra de los servidores públicos adscritos a la Secretaría, Dependencia o Entidad, previo acuerdo del Contralor Municipal.
Proponer al Contralor Municipal, las bases y criterios para la designación de los auditores externos, así como para la elaboración de los informes que deberán de presentar éstos con motivo de sus revisiones.
Designar a los servidores públicos municipales adscritos a su Dirección, para efectuar auditorías, revisiones, recorridos, actas, dictámenes y/o notificaciones.
Coordinarse con la Secretaría de la Contraloría del Estado, con la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes, para el auxilio y cooperación en asuntos de su competencia, en los casos que determine el Contralor Municipal.
Recibir de la Secretaría Estatal de la Contraloría, asesoría y apoyo con base a los acuerdos celebrados para el fortalecimiento del Sistema de Control y Evaluación Municipal, en los casos que determine el Contralor Municipal.
Las demás que les confieran otras disposiciones legales y aquellas que les encomiende el Contralor Municipal.
Proponer y acordar con el Titular de la Contraloría Municipal, el Programa Anual de Auditorías, Revisiones, Visitas e Inspecciones de la Dirección de Auditoría (PAARVI).
Verificar y autorizar los reportes semanales de las actividades de la Dirección y los informes trimestrales para su envió a la Plataforma Nacional de Transparencia.
Turnar para firma del Titular de la Contraloría Municipal, previo visto bueno, los oficios que realice la Dirección de Auditoría.
Suscribir el acta de inicio y cierre de auditorías.
Suscribir el acta administrativa circunstanciada junto con el Titular de la Contraloría Municipal, para notificar al titular de la Secretaría, Dependencia o Entidad de la Administración Púbica Municipal auditada o revisada, la cédula preliminar de observaciones determinadas.
Suscribir la cédula final de observaciones de auditoría o revisiones.
Suscribir en conjunto con el Titular de la Contraloría Municipal, el informe final individual de auditorías y revisiones.
Las demás inherentes al puesto, o las que en su caso asigne el superior jerárquico.