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FRANCISCO ÁLVAREZ RODRÍGUEZ

Director General de Obras Públicas

ID: 08024986019
Datos del Carnet
  • Fecha Expedición 2025-07-21
  • Fecha Vigencia 2027-09-29
  • Estatus Baja

Información Personal

Nombre Completo
FRANCISCO ÁLVAREZ RODRÍGUEZ
Dependencia
SECRETARÍA MUNICIPAL DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
Área
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
Puesto
Director General de Obras Públicas
Turno
Matutino
Clave de Servidor Público
08024986019
Director
RAFAEL DOMINGO JIMÉNEZ MENDOZA
Funciones
Representar legalmente a la secretaria ante las autoridades federales, Estatales o Municipales, en los casos que se requiera su intervención en el ámbito de su competencia;
Fijar, dirigir y controlar la política general de la Secretaría de conformidad con las prioridades, objetivos y metas que determine el Presidente Municipal, así como los compromisos asumidos en el Plan de Municipal de Desarrollo, y las demandas de la ciudadanía.
Establecer los lineamientos, políticas y criterios técnicos, que orienten las acciones de coordinación de las Direcciones Generales para el mejor cumplimiento de sus responsabilidades;
Supervisar la elaboración de proyectos para la conservación, reconstrucción, modificación y ampliación de la obra pública, así como la aplicación del presupuesto correspondiente:
Coordinarse con las Autoridades Federales, Estatales y Municipales de acuerdo a su competencia, para la aplicación de la normatividad en materia de infraestructura pública y servicios relacionados con la misma, para la aplicación de los Programas Sectoriales y de los Programas Operativos Anuales aprobados.
Proponer al H. Ayuntamiento, por conducto del Presidente Municipal iniciativas de reglamentos y circulares, así como proyectos de reglamentos y acuerdos competencia de la Secretaria;
Desempeñar las comisiones y funciones que el H. Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez y/o el Presidente Municipal le confiera e informar sobre el desarrollo de las mismas.
Someter a consideración y aprobación del Presidente Municipal los programas prioritarios y estratégicos a cargo de la Secretaria, así como encomendar su ejecución a las Direcciones Generales a su cargo;
Solicitar a los Titulares de las Direcciones Generales adscritos a la Secretaría la implementación de las medidas y normas complementarias para el ejercicio de las atribuciones a su cargo;
Aprobar los programas de corto, mediano y largo plazo de la Secretaría dándoles el debido seguimiento a los mismos;
Aprobar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de la Secretaria;
Comparecer ante el H. Ayuntamiento en términos de lo dispuesto en la Ley de los Municipios, para informar la situación que guarda el despacho de la Secretaria, así como cuando se discuta una ley o decreto relacionado con la competencia de las Direcciones Generales que de ésta dependan;
Suscribir en representación de la Secretaría y previa autorización del H. Ayuntamiento, convenios y acuerdos con instancias federales, estatales y municipales, con los demás Poderes del Estado, así como con los sectores privado y social, en el ámbito de sus atribuciones;
Informar al Presidente Municipal sobre las acciones del ejercicio fiscal y presupuestal que ejerzan las Direcciones Generales a su cargo;
Aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría;
Expedir las normas, acuerdos, lineamientos, reglas, bases de carácter técnico relativas a las atribuciones y funciones de las Direcciones Generales de Obras Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Obras Públicas y Servicios del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo Página 5 de 34 Públicas y Servicios Públicos, en materia de planeación, presupuesto, ingreso, financiamiento, inversión, deuda, ejercicio financiero y programático, patrimonio y valores;
Supervisar la ejecución de la obra pública desde su planeación hasta su entrega-recepción, sea esta bajo la modalidad de administración directa o a través de terceros, verificando la correcta aplicación de los recursos que sean asignados en cada caso de conformidad con las disposiciones que resulten aplicables;
Supervisar la elaboración de los planes y programas de obra pública, en los que se consideren los estudios necesarios para definir la factibilidad técnica y económica para la realización de las mismas; así como los objetivos a corto, mediano plazo; supervisando la calendarización física y financiera de los recursos y de las unidades responsables de su ejecución; así como las investigaciones, asesorías y consultorías que se requieran, incluyendo los proyectos ejecutivos de arquitectura e ingeniería necesaria y en su caso someterlos a consideración del Presidente Municipal;
Supervisar y coordinar la elaboración, propuesta, aprobación y revisión de los estudios técnicos para la obra pública, así como la prestación de los servicios relacionados con las mismas, que permitan la planeación, programación, presupuestación, ejecución y control de la obra pública y de los servicios relacionados con las mismas, vigilando que las mismas se apeguen a la normatividad aplicable;
Supervisar la calendarización, realización y ejecución de los programas para la construcción, reconstrucción, conservación, mantenimiento y remodelación de los bienes inmuebles del dominio público, de uso común o de interés social incluidos en los programas gubernamentales en los que participa el Municipio.
Supervisar y revisar la elaboración de los informes técnicos y los dictámenes definitivos de cada proyecto de obra pública y servicios relacionados con la misma;
Supervisar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en materia de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demolición de obras a efectuarse en inmuebles propiedad del Municipio;
Supervisar el procedimiento y cumplimiento de la Adjudicación de los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma, mediante los procedimientos establecidos en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones que resulten aplicables para cumplirse;
Vigilar la correcta Adjudicación de los contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios sobre bienes muebles, mediante los procedimientos establecidos en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones que resulten aplicables, a través del Subcomité que para esos efectos se apruebe;
Verificar las acciones y medidas operativas que sean necesarias para desahogar cada fase de los procedimientos de contratación de obra pública y servicios relacionados que lleve a cabo;
Coordinar la Construcción de Obras Públicas a cargo de la Dirección de Obras Públicas;
Supervisar que se cumplan las directrices para que la ejecución de la obra pública adjudicada y los servicios relacionados con ésta, se sujeten a las condiciones contratadas;
Supervisar que la Dirección General de Obras realice la publicación de las convocatorias para las licitaciones de obras públicas y servicios relacionadas con la misma, autorizando la emisión de sus bases, así como realizar los demás actos que forman parte de los procedimientos de su adjudicación, atendiendo a la normatividad aplicable según el origen de los recursos;
Supervisar las acciones que la Dirección General de Obras Públicas realice en los rubros técnicos, administrativos y financieros, de los avances de obra, desde su inicio hasta su entrega-recepción, supervisión que deberá r
Supervisar que la Dirección General de Obras Públicas realice el cumplimiento y aplicación de las disposiciones legales de obra pública y servicios relacionados con la misma;
Presidir el Comité de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas;
Supervisar la realización de la obra pública que por administración directa realice el municipio y a los responsables de su ejecución;
Supervisar que la administración y operación de los servicios públicos municipales se presten de manera permanente, uniforme, regular y continua;
Supervisar la elaboración de la programación y presupuestario de los recursos, obras y bienes necesarios para el eficiente funcionamiento y prestación de los servicios públicos municipales;
Autorizar los programas, tendientes a difundir entre la población la necesidad de contribuir y participar en el adecuado aprovechamiento de los servicios públicos municipales;
Coordinar la integración de la información técnica para la instrumentación y desarrollo de los planes, programas y actividades a cargo de la Dirección General de Servicios Públicos, aplicando las políticas sobre el uso racional de la infraestructura existente;
Coordinar el servicio de alumbrado público en avenidas, plazas, parques y jardines, procurando su funcionamiento en forma permanente, general, uniforme, regular, continúa, eficaz, eficiente y oportuna; Determinar los casos y términos para la aplicación del Derecho de Alumbrado Público (DAP), así como llevar un registro, control del mismo;
Coordinar la conservación en buen estado de las vialidades municipales, a través de programas permanentes de bacheo y repavimentación y mediante el mantenimiento de terracerías, guarniciones, banquetas, postes y pasos peatonales;
Coordinar la ejecución de las acciones de limpieza en plazas, playas públicas, parques, jardines y avenidas, procurando su conservación, arreglo ornamental de jardinería y de mantenimiento;
Coordinar que se efectué el cuidado, conservación y mantenimiento en buen estado de los bienes, las instalaciones, vehículos, maquinaria pesada, equipos e implementos de trabajo y demás recursos materiales destinados a la prestación de los servicios públicos municipales a su cargo;
Coordinar e instruir a su personal para que supervisen que los servicios a cargo del Municipio, se presten en forma permanente, general, uniforme, regular, continua, eficaz, eficiente y oportuna, ya sea que se presten directamente a través de organismos desconcentrados, descentralizados, por el régimen de concesión o mediante convenios de coordinación y asociación con la Federación, el Estado o con otros Municipios;
Coordinar la programación y mantenimiento de los pozos captadores de agua pluvial, sus rejillas, areneros y bóvedas complementarias, para su correcto funcionamiento;
Coordinar que la Dirección General de Servicios Públicos, realice la planeación, dirección, operación y prestación de servicios públicos municipales;
Coordinar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia de servicios públicos municipales y su prestación, así como aquellas que sean del ámbito de su competencia;
Supervisar que los servicios públicos municipales concesionados se presten de manera permanente, general, regular, uniforme, continua, eficaz, eficiente y oportuna en tiempos y formas establecidos en el título de concesión respectivo, así como el cumplimiento de las disposiciones de carácter federal, estatal o municipal aplicables en la materia;
Resolver los medios de impugnación que resulten procedentes, de la imposición de sanciones a los concesionarios por el incumplimiento de los términos y condiciones establecidos en el Título de concesión, así como de las disposiciones legales aplicables en la materia;
Resolver los medios de impugnación que resulten procedentes, de la imposición de sanciones a los particulares en materia de servicios públicos municipales y en su caso, con motivo de las multas y sanciones previstas en estos ordenamientos;
Supervisar la integración y tramitación de los expedientes relativos al otorgamiento, modificación y en su caso revocación de las concesiones de los servicios públicos municipales, de conformidad con las disposiciones legales aplicables para que se turnen al H. Ayuntamiento para la resolución correspondiente;
Coordinar la correcta y eficiente prestación del servicio público de panteón incluyendo los trámites de traslado, internación, inhumación, depósito, incineración y exhumación prematura de cadáveres, restos humanos y restos animales en los términos de las disposiciones legales aplicables.
Supervisar y coordinar que las funciones del rastro municipal y los centros de matanzas que operen dentro del Municipio, cumplan con las disposiciones legales aplicables;
Proponer al Presidente Municipal la creación y consolidación de organismos desconcentrados municipales, encargados de la prestación de los Servicios públicos de Panteón y Rastro;
Acordar con el Presidente Municipal el nombramiento o remoción de los Directores Generales de Obras Públicas y Servicios Municipales;
Resolver las dudas que se susciten con motivo de la aplicación de los lineamientos, normas, acuerdos, lineamientos, reglas, bases de carácter técnico y demás disposiciones, relativas a las atribuciones y funciones de las Direcciones Generales de Obras Públicas y Servicios Municipales, este Reglamento, así como de los casos no previstos en el mismo e interpretar todas las disposiciones legales y administrativas relacionadas con sus funciones;
Poner en conocimiento de la Contraloría Interna, de la Comisión Edilicia y demás autoridades competentes los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos adscritos a la Secretaría, que incumplan las instrucciones, requerimientos y disposiciones normativas que puedan resultar en responsabilidad administrativa y/o resarcitoria y/o penal;
Expedir o en su caso negar los permisos para la realización de obras en vía pública, que afecten o modifiquen vía pública, o trabajos de canalización en pavimento, camellones, áreas verdes, banquetas y guarniciones públicas, tendido aéreo obras que involucren rompimiento de pavimento, banquetas y guarniciones públicas, tendido aéreo de líneas de electrificación, telefonía o similares, sembrado de postes, instalación de tierras físicas, construcción de registros previstos en la Ley de Hacienda.
Formular y conducir las políticas generales de obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de los servicios públicos municipales.
Establecer las normas, lineamientos generales y criterios técnicos en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de los servicios públicos municipales.
Elaborar y someter a la consideración del Presidente Municipal los planes y programas de obra pública, en los que se consideren los estudios necesarios para definir la factibilidad técnica y económica para la realización de las mismas; los objetivos a corto y mediano plazo; la calendarización física y financiera de los recursos necesarios y las unidades responsables de su ejecución; así como las investigaciones, asesorías, consultorías y estudios que se requieran, incluyendo los proyectos ejecutivos de arquitectura e ingeniería necesarios para su realización.
Elaborar y revisar los informes técnicos y emitir los dictámenes definitivos de cada proyecto de obra pública y servicios relacionados con la misma.
Adjudicar los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma, mediante los procedimientos establecidos en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones que resulten aplicables.
Adjudicar los contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios sobre bienes muebles, mediante los procedimientos establecidos en las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones que resulten aplicables, a través del Subcomité que para esos efectos se apruebe.
Ejecutar las acciones y medidas operativas que sean necesarias para desahogar cada fase de los procedimientos de contratación de obra pública y servicios relacionados que lleve a cabo.
Publicar las convocatorias para las licitaciones de obras públicas y servicios relacionados con la misma, emitir sus bases, así como realizar los demás actos que forman de parte de los procedimientos de su adjudicación incluyendo la emisión de fallos, atendiendo a la normatividad aplicable según el origen de los recursos.
Realizar estudios que tengan por objeto determinar o modificar las tarifas relacionadas con los servicios públicos municipales.
Determinar y ejecutar en el ámbito de su competencia, las medidas de seguridad necesarias para la prestación de servicios públicos municipales
Participar e instrumentar campañas de difusión para concientizar a la población acerca de los problemas originados por la generación de residuos sólidos municipales.
Atender y dar seguimiento a los reportes que se generen por la prestación deficiente o insuficiente de los diferentes Servicios Públicos Municipales e implementar las acciones para su debida atención.
Vigilar que los particulares cumplan con las disposiciones en materia de servicios públicos municipales, y en su caso, imponer las multas y sanciones previstas en estos ordenamientos.
Cumplir y hacer cumplir en el ámbito de su competencia las leyes, reglamentos, normas y demás disposiciones legales en materia de prestación de prestación de los servicios públicos municipales.
Garantizar en el ámbito de su esfera de facultades y obligaciones el acceso a la información pública, siempre y cuando no se vulneren derechos y garantías de terceros.
Ejecutar y Coordinar en colaboración con las unidades administrativas a su cargo las acciones pertinentes en caso de contingencias por casos fortuitos, ambientales o las que resulten que requieran de la intervención de la Secretaría Municipal de Obras Públicas y Servicios y sus Direcciones Generales, Direcciones de Área y Coordinaciones.
Delegación de funciones conforme la operatividad y administración de la dependencia lo necesite y hasta donde la legislación aplicable lo permita
Las demás inherentes a mi o puestos o las que en su caso asigne mi superior jerárquico
Autorizar o negar los permisos de obras en vía pública