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BERENICE SOSA OSORIO

Secretaria Municipal de Bienestar

ID: 100122922016
Datos del Carnet
  • Fecha Expedición 2026-07-02
  • Fecha Vigencia 2027-09-29
  • Estatus Activo

Información Personal

Nombre Completo
BERENICE SOSA OSORIO
Dependencia
SECRETARÍA MUNICIPAL DE BIENESTAR
Área
SECRETARÍA MUNICIPAL DE BIENESTAR
Puesto
Secretaria Municipal de Bienestar
Turno
Mixto
Horario
7:00 AM - 11:00 PM
Clave de Servidor Público
100122922016
Director
BERENICE SOSA OSORIO
Funciones
Dirigir y Promover acciones que garanticen el pleno ejercicio de los derechos sociales con base en el humanismo, asegurando el acceso a toda la población al desarrollo social y al bienestar, respetando plenamente la dignidad humana, sin discriminación por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, ideología, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, género, identidad o estado civil;
Dirigir la Política Municipal de Desarrollo Social como acción pública, que impulse la Cohesión Social, la Organización Comunitaria; con la participación de todas y todos aquellos que participen y puedan contribuir con este proceso democrático, debiendo fomentar la acción coordinada, complementaria y corresponsable entre el Gobierno y la Ciudadanía;
Dirigir la coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal la planeación en materia de bienestar;
Supervisar y dirigir las acciones que le corresponden al Municipio en materia de Bienestar y ejecutar las acciones respectivas de los proyectos y programas que se implementen en forma directa o coordinada con la Federación y Estado, así́ como las que deriven de los instrumentos internacionales vigentes, procurando hacer llegar a la población la información relevante para garantizar las condiciones para su acceso equitativo;
Promover la colaboración con las autoridades competentes para la definición, identificación y medición de la pobreza en el municipio, así́ como coordinar, ejecutar y evaluar las políticas de Bienestar y estrategias para el combate a la pobreza, en beneficio de grupos o familias de atención prioritaria del Municipio;
Dirigir y promover la organización social para facilitar la participación ciudadana en la toma de decisiones con respecto a su propio desarrollo;
Representar las acciones que deriven de los convenios, acuerdos y anexos que en materia de Desarrollo Social y Bienestar suscriba el Municipio con la Federación, el Estado, y otros Municipios, así como de los celebrados con los sectores social y privado;
Consolidar la participación ciudadana, académica, de los sectores públicos y privados, en los planes, programas y políticas de Desarrollo Social y Bienestar, procurando la igualdad sustantiva prevaleciendo a los grupos de atención prioritarios;
Supervisar la correcta elaboración de los programas de Desarrollo Social y Bienestar del Municipio para su oportuno cumplimiento;
Promover los Instrumentos Normativos para la elaboración y/o actualización de los Programas Municipales de Desarrollo Social, mismos que deberán de contar con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, y ser aprobados por el H. Ayuntamiento a través de la Comisión Edilicia que corresponda, satisfaciendo lo siguiente:
Las necesidades materiales básicas de la población, esencialmente en los ámbitos de alimentación, salud, educación, vivienda e infraestructura social;
Promover la erradicación de la desigualdad producida por la mala distribución de la riqueza, los bienes y los servicios entre los individuos y grupos sociales;
Promover la erradicación de la inequidad social derivada de condiciones de raza, origen étnico o nacionalidad, condición social, juventud, religión, orientación o preferencia sexual, identidad, género, condición física, discapacidad, condiciones de salud, religión, ideología, condición migratoria, opiniones o estado civil.
Los instrumentos normativos que señala la fracción anterior deberán ser validadas de acuerdo a la normativa municipal aplicable en la materia;
Dirigir el seguimiento de los indicadores de todos los programas de Desarrollo Social y Bienestar aplicados;
Constituir y dirigir planes y programas de desarrollo social y bienestar del Municipio predominando a los grupos de atención prioritaria, así como evaluar y dar seguimiento a su cumplimiento con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género;
Autorizar las convocatorias de los programas de desarrollo social y bienestar del Municipio en la medida de sus competencias y, revisar y/o en su caso validar, cuando contravenga disposición alguna;
Supervisar el cumplimiento de las acciones o programas que atiendan el mejoramiento de espacios a través de la participación de las personas que residen en el Municipio, en donde hay bajo desarrollo social y alta marginalidad y que presenten condiciones de degradación urbana, conflictividad e inseguridad social que disminuye la calidad de vida de sus residentes;
Representar al Municipio para la gestión de las acciones necesarias para combatir las carencias por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad;
Instruir el análisis y diagnóstico de las diversas problemáticas sociales en los diversos sectores del municipio;
Supervisar el fomento y establecimiento de mecanismos de participación de la mujer en el ámbito público y privado, a través de políticas públicas con enfoque de derechos humanos, a fin de asegurar a las mujeres el ejercicio pleno del derecho a una vida libre de violencia;
Dirigir y constituir programas o acciones que consideren a las personas que habitan y sobreviven en las calles como un grupo de atención prioritaria, y establecer medidas para garantizar todos sus derechos, con medidas destinadas a superar su situación de calle como sujetos de derecho;
Aprobar programas o acciones que permitan la gestión y ejecución de recursos de fondos para apoyar el Desarrollo Social y Bienestar del Municipio, así como las reglas de operación y lineamientos que de estos deriven;
Revisar las resoluciones ante la posibilidad de destitución o separación del cargo del o los integrantes del Comité de vecinos, cuando la Dirección de Organización Comunitaria, Cohesión social y participación ciudadana, detecte el posible incumplimiento de las obligaciones fundamentales o mal funcionamiento de algún miembro de dicho Comité; o haber incurrido en actos inapropiados, indebidos o que afecten a la moral y a las buenas costumbres;
Validar los mecanismos correspondientes para coordinar y conducir los aspectos técnicos para la integración y operación de los registros administrativos, que incluyen a las personas atendidas por los programas de Desarrollo social, así como su respectivo resguardo de los registros administrativos;
Dirigir y supervisar la planeación y desarrollo de los programas derivados de la Política de Bienestar, así como gestionar los recursos financieros y presupuestarios para el desarrollo de proyectos y que estos deban contar con enfoque de derechos humanos y Perspectiva de Género;
Instruir la constitución de acciones de vigilancia, seguimiento y evaluación de obras, apoyos, servicios que realiza el gobierno municipal, a través de la participación ciudadana en apego a la normativa aplicable en la materia;
Promover en coordinación con la Secretaría Técnica de la Presidencia Municipal, el Presupuesto Participativo de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Participación Ciudadana para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo;
Impulsar el desarrollo cultural en comunidad con la finalidad de apoyar iniciativas artísticas individuales o colectivas dentro del municipio como acción de reconstrucción del tejido social;
Constituir programas de redes de mujeres en incidirán en el Sector Económico;
Vigilar la coordinación y ejecución de acciones con la participación de la Administración Pública Municipal, de los sectores social y privado u organizaciones de corte altruista, programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población;
Participar en la elaboración el Plan Municipal de Desarrollo Social del Municipio;
Dirigir el establecimiento del diseño de las políticas, estrategias, acciones y programas tendientes al desarrollo de proyectos productivos con prosperidad compartida, de equidad productiva, economía moral basada en el humanismo y sustentabilidad, impulsando a las empresas de los sectores sociales y privados de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público, el uso en beneficio de los recursos productivos cuidando su conservación y medio ambiente, fomentando una economía más justa, inclusiva y orientada al bienestar de las y los ciudadanos;
Constituir e instruir el desarrollo de Programas de Vinculación Laboral tendientes al trabajo digno o decente, donde se respete plenamente la dignidad humana del trabajador; sin discriminación por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, ideología, preferencias sexuales o estado civil;
Dirigir acciones que propicien la dignificación del trabajo en todas las relaciones laborales a través de la impartición de capacitaciones a la ciudadanía en general;
Dirigir acciones de Fomento y Competitividad Empresarial, y que tengan como base de su operación el desarrollo de capacidades humanas y técnicas, mediante la aplicación de mecanismos de capacitación, seguimiento y consolidación de proyectos productivos que contribuyan al desarrollo económico del Municipio;
Consolidar competencias y habilidades productivas, así como la capacidad emprendedora mediante programas de capacitación continua a pequeños comerciantes y jóvenes emprendedores;
Instruir la creación y fortalecimiento de capital social;
Encaminar acciones, programas y proyectos que incentiven el desarrollo, innovación, modernización, competitividad y crecimiento de los sectores productivos del Municipio, brindando especial atención a las micro, pequeñas y medianas empresas, propiciando su articulación productiva y la canalización oportuna de apoyos, estímulos e incentivos que prevea la legislación aplicable en la materia;
Fomentar e impulsar las actividades industriales, comerciales, de servicios, de turismo y en general de todo tipo de actividad económica que genere la creación de nuevas fuentes de inversión y empleos para el mejoramiento de la economía, el ingreso y la calidad de vida de la población del Municipio;
Impulsar, crear, liderar y supervisar mecanismos de atracción de inversiones en el territorio municipal, vigilando que estas se ajusten a la creación de fuentes de empleo, con perspectiva de género, respeto a los derechos humanos, inclusivos, con salarios justos y competitivos y estricto cuidado del medio ambiente;
Establecer vínculos con cámaras empresariales, organismos intermedios, dependencias gubernamentales, instituciones educativas y representantes de la sociedad civil, para realizar acciones conjuntas orientadas al impulso y fomento de un mayor y mejor Desarrollo Social, Económico, de Salud y Educación en el Municipio;
Fomentar la atracción y realización de inversiones productivas en el Municipio, provenientes de los sectores público, social y privado, de carácter nacional e internacional;
Promover el fortalecimiento y posicionamiento del Municipio como ciudad innovadora y tecnológica, así como un destino atractivo y confiable para invertir, emprender y hacer negocios a nivel Nacional e Internacional;
Promover la formulación e instrumentación de programas de capacitación para emprendedores en materia económica, así como crear vínculos de asistencia técnica en la materia;
Promover la política educativa del Municipio, así́ como las normas, criterios y lineamientos conforme a los cuales se llevarán a cabo los programas que de ella deriven, con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos;
Proponer, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal la planeación en materia educativa;
Promover el acceso a una vida libre de violencia en niñas, niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos;
Proponer al Presidente Municipal los proyectos de iniciativa de Reglamentos;
Instruir la coordinación de Programas de Fomento a la Lectura que garantice la igualdad de oportunidades para las Niñas, Niños, Adolescentes y Adultos, ya sean de manera permanente o temporal, según la naturaleza del programa, que se encuentren dentro de la competencia de la Secretaría;
Supervisar y promover en el ámbito de sus competencias programas para prevenir, atender y procurar la no repetición de situaciones de violencia en las escuelas o de comportamiento prolongado de abuso y maltrato, impulsando la cultura del respeto y garantizando la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, en relevancia de que niñas, niños, adolescentes puedan vivir una vida libre de toda forma de violencia y que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad;
Coadyuvar con las autoridades educativas en el ámbito de sus competencias en acciones de sensibilización y prevención de los diferentes tipos de violencia, prevaleciendo el interés superior de la niñez, la no discriminación y el respeto irrestricto de la dignidad humana, a partir de una formación humanista y comunitaria;
Promover mecanismos que fomenten la participación de los actores sociales e involucrarlos en el proceso de enseñanza-aprendizaje para el logro de una educación democrática, inclusiva, intercultural, integral, Plurilingüe, Indígena y/o afromexicana, que propicie el máximo logro de aprendizaje de las y los alumnos en el desarrollo de su pensamiento crítico, fortaleciendo lazos entre las escuelas y el municipio en medida de sus competencias;
Promover en las escuelas públicas y privadas de educación básica, mecanismos de participación ciudadana interactiva denominado “Cabildo Infantil” para el logro de una educación democrática, inclusiva, intercultural, integral, plurilingüe, indígena y/o afromexicana, que propicie el máximo logro de aprendizaje para el desarrollo de pensamiento crítico, el fortalecimiento de los lazos entre las escuelas y la comunidad del Municipio;
Supervisar el correcto funcionamiento de las bibliotecas públicas con las que cuenta el Municipio, con el propósito de que la población se acerque a la información contenida en los libros, a través de los programas impartidos en las bibliotecas, promoviendo la participación activa de la ciudadanía en el desarrollo social y cultural, así como satisfacer sus requerimientos en la provisión del acervo bibliotecario;
Validar y expedir los Instrumentos normativos tales como normas, acuerdos, lineamientos, reglas de base general técnicas y operativas, que regulen el actuar en los procesos de ejecución de los programas o acciones de la Política Pública de Bienestar, así como las atribuciones, facultades y actos en cumplimiento de sus obligaciones de planeación, presupuesto, ingreso, financiamiento, inversión, deuda, ejercicio financiero y programático, patrimonio y valores, estableciendo mecanismos de Mejora Regulatoria, Transparencia, Protección de datos en Posesión de Sujetos Obligados, de ética y responsabilidad; previa aprobación de acuerdo a lo establecido en la normativa municipal;
Designar a las personas responsables de los espacios de prestación de servicios de atención médica;
Promover programas de salud que tengan como propósito prevenir y combatir la farmacodependencia y el alcoholismo, en coordinación con la dependencia municipal correspondiente, o su similar en los niveles Estatal o Federal en su caso;
Supervisar que la atención médica responda a las necesidades tanto en amplitud como profundidad en un primer nivel de atención a la población del Municipio;
Supervisar la realización de acciones o programas de promoción de la salud por medio de ejercicios sociales y técnicos que aborden los determinantes sociales de la salud, con el fin de mejorar la salud física y mental, propiciando condiciones que eleven la calidad de vida de las personas en el Municipio;
Fomentar acciones que promuevan el fortalecimiento de la responsabilidad social, la autogestión y el auto cuidado de la salud, fomentando la conformación de estilos de vida y entornos saludables que permitan desarrollar el potencial de cada persona, propiciando condiciones que eleven la calidad de vida de las personas en el Municipio;
Supervisar el establecimiento de mecanismos de participación de la comunidad que tengan por objeto contribuir en el mejoramiento y vigilancia de los servicios de salud pública del Municipio y promover mejores condiciones ambientales que favorezcan la salud de la población;
Supervisar que los bienes muebles e inmuebles pertenecientes al patrimonio del Municipio y la Secretaría de Bienestar, que opera o tiene en comodato, se encuentren en óptimas condiciones y bajo los cuidados que garanticen su durabilidad;
Las demás atribuciones que el presente Reglamento, las leyes, el Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, los reglamentos, convenios, acuerdos y demás disposiciones Federales, Estatales o Municipales le confieran en cualquiera de las áreas de su competencia.
Es responsable de vigilar, supervisar, observar la correcta y oportuna coordinación, operación y administración de los programas y acciones de apoyo a la ciudadanía que destina el municipio de Benito Juárez a los sectores social, económico, educativo y de salud.
Ser responsable del SENTRE de la Secretaría.
Transmitir a sus subalternos, las resoluciones o acuerdos de la Secretaría y vigilar su cumplimiento.
Preservar documentación generada en el archivo correspondiente.
Mantener actualizado el inventario de bienes muebles y parque vehicular a su cargo, así como conservarlos en buen estado.
Participar en la elaboración de la Entrega-Recepción de la Dirección, cuando corresponda.
Gestionar los recursos necesarios para la operación y el desempeño de la Unidad Administrativa a su cargo, sujetándose a las disposiciones legales, normativas y administrativas, a través de la dependencia competente.
Formular el Presupuesto Basado en Resultados de la Secretaría, así como las propuestas para asignación de recursos y apoyos al sector social.
Participar en las actividades en las cuales se requiera su apoyo como son: entrega de apoyos a la ciudadanía, resguardo de bienes siempre y cuando estén facultados para la firma de los resguardos correspondientes, administración de refugios temporales en caso de alguna contingencia, en eventos de difusión de cualquier programa, actividad, que lleven a cabo la Secretaría Municipal de Bienestar, sus Direcciones Generales, y/o cualquier otra dependencia que lo solicite.
Dirigir la política general de Bienestar del Municipio, así como las normas, criterios y lineamientos conforme a los cuales se llevarán a cabo los programas que de ella deriven, con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos;
Promover las directrices para el establecimiento de programas de gobierno y sociedad civil para la promoción e inclusión al desarrollo, creando los mecanismos que capten fuentes alternas para la inversión social, apoyando y asesorando a los grupos sociales organizados para la elaboración de propuestas en materia de Bienestar;
Encabezar las acciones que atiendan grupos de atención prioritaria del Municipio para minimizar los impactos ocasionados por desastres, contingencias o emergencias naturales;