Promover acciones que garanticen el pleno ejercicio de los derechos sociales con base en el humanismo, asegurando el acceso a toda la población al desarrollo social y al bienestar, respetando plenamente la dignidad humana, sin discriminación por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, ideología, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, género, identidad o estado civil;
Cumplir en el ámbito de su competencia las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones de carácter general municipal que resulten de su competencia, así como promover en la administración pública su aplicación;
Promover la constante capacitación del personal de las Direcciones Generales y las de Área que componen la Secretaría del Bienestar, en todos los niveles;
Vigilar el cumplimiento de los instrumentos normativos expedidos por la Secretaría de Bienestar con Ética Pública y de Responsabilidad;
Garantizar que la atención y orientación proporcionada al usuario o ciudadanía en general sea accesible, clara y libre de prejuicios sobre los servicios, acciones o programas que desarrolla la Secretaría de Bienestar en beneficio de la comunidad;
Suscribir documentación oficial relativa al ejercicio de sus funciones previa designación o autorización de la Secretaría de Bienestar que facilite y regule este actuar; en él supuesto que la designación sea por delegación o suplencia del titular de la Secretaría de Bienestar, las Direcciones Generales solicitará a la Dirección Jurídica visto bueno de la emisión de la documentación promoviendo la certidumbre legal sobre los actos a expedir;
Emitir copia simple de los documentos que obren en los archivos, a petición expresa y de acuerdo con los mecanismos de transparencia y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, que establezca el ente administrativo de la administración pública municipal correspondiente en la materia;
Comunicar a las Direcciones de área, coordinaciones, unidades administrativas, personal adscrito y comisionado subordinado, las resoluciones o acuerdos que establezca la Secretaría de Bienestar y vigilar su cumplimiento;
Proporcionar por conducto de la Secretaría de Bienestar, la Información Administrativa que soliciten otras áreas de la administración, cuando así lo requieran para el desarrollo de actividades propias de su área;
Proponer a la Secretaría de Bienestar el Anteproyecto de Programas y Presupuesto de Egresos Anual de la Dirección a su cargo, así como proceder a su ejercicio conforme a las normas establecidas;
Acordar y resolver los asuntos de la competencia de las áreas que integran la Dirección a su cargo;
Notificar a la Secretaría de Bienestar para que ésta instruya a la Dirección Jurídica sobre los hechos, infracción u omisiones de responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones y del actuar de las Direcciones de Área, Coordinaciones, Unidades Administrativas, Personal Adscrito o Comisionado, para que la Dirección jurídica integre los elementos necesarios y promueva los procesos correspondientes a la autoridad municipal en materia de Responsabilidades Administrativas;
Previa autorización de la Secretaría de Bienestar, emitir las solicitudes de comisión que correspondan al personal a su cargo;
Resguardar, salvaguardar y actualizar la disposición documental de acuerdo a los mecanismos establecidos por la administración pública en materia de transparencia y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, actualizado el Catálogo de Disposición Documental;
Verificar y mantener actualizado el inventario patrimonial de los bienes muebles e inmuebles en resguardo de la Dirección a su cargo;
Dirigir y operar el correcto funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles de la Secretaría de Bienestar, así como su mantenimiento preventivo y correctivo;
Diseñar y actualizar herramientas documentales para el registro de datos estadísticos;
Gestionar la adquisición de los suministros, insumos, materiales, equipo y mobiliario correspondiente que se requieran para el desarrollo, funcionamiento y operaciones de las actividades que realiza la Dirección;
Gestionar y eficientizar los recursos asignados, así como la comprobación correspondiente sujetándose a las disposiciones legales, normativas y administrativas a que dé lugar;
Coadyuvar a la Dirección jurídica en la Integración de los instrumentos normativos para la operación de los programas realizados por la Secretaría de Bienestar y promover su validación;
Cumplir con las disposiciones y obligaciones de Transparencia, Protección de Datos Personales, Mejora regulatoria, así como las acciones que de estas deriven;
Coadyuvar a las autoridades de investigación e impartición de justicia, en salvedad a lo establecido en las disposiciones jurídicas;
Dar cumplimiento a los componentes y las actividades de la Matriz de Indicadores de Resultados, y en los Programas Presupuestarios que derivan de las líneas de acción del Plan Municipal de Desarrollo, así como la observancia de un adecuado, honesto y transparente ejercicio del gasto;
Trabajar con la autoridad responsable de la administración pública en la elaboración e integración de los Manuales de Organización y de Procedimientos, bajos los mecanismos que se establezcan;
Elaborar y dar seguimiento al cumplimiento de las metas establecidas en el Presupuesto Basado en Resultados (PBR);
Capturar, participar y mantener actualizados los datos e información en el sistema de información de Entrega-Recepción;
Las demás funciones competentes que le asigne tácitamente la Secretaría de Bienestar.
Promover acciones que garanticen el pleno ejercicio de los derechos sociales con base en el humanismo, asegurando el acceso a toda la población al desarrollo social y al bienestar, respetando plenamente la dignidad humana, sin discriminación por origen étnico o nacional, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, ideología, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, género, identidad o estado civil;
Vigilar la Política Municipal de Desarrollo Social como acción pública, que impulse la Cohesión Social, la Organización Comunitaria, con la participación de todas y todos aquellos que participen y puedan contribuir con este proceso, debiendo fomentar la acción coordinada, complementaria y corresponsable entre el Gobierno y la Ciudadanía;
Proponer la Política General de Bienestar del Municipio, así como las normas, ́ criterios y lineamientos conforme a los cuales se llevarán a cabo los programas que de ella deriven, con perspectiva de género y enfoque de derechos humanos;
Proponer, participar y promover en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal la planeación en materia de bienestar;
Realizar las acciones que le corresponden al Municipio en materia de bienestar y ejecutar las acciones respectivas de los proyectos y programas que se implementen en forma directa o coordinada con la Federación y Estado, así como ́ las que deriven de los instrumentos internacionales vigentes, procurando hacer llegar a la población la información relevante para garantizar las condiciones para su acceso equitativo;
Coadyuvar con las autoridades competentes para la definición, identificación y medición de la pobreza en el Municipio, así como coordinar, ejecutar y evaluar las ́ políticas de bienestar y estrategias para el combate a la pobreza, en beneficio de grupos o familias de atención prioritaria del Municipio;
Impulsar la organización social para facilitar la participación en la toma de decisiones con respecto a su propio desarrollo;
Coordinar y vincular los programas de gobierno y sociedad civil para la promoción e inclusión al desarrollo, creando los mecanismos que capten fuentes alternas para la inversión social, apoyando y asesorando a los grupos sociales organizados para la elaboración de propuestas en materia de bienestar;
Promover las acciones que deriven de los convenios, acuerdos y anexos que en materia de desarrollo social y bienestar suscriba el Municipio con la Federación, el Estado, y otros Municipios, así como de los celebrados con los sectores social y privado;
Promover la participación ciudadana, académica, de los sectores públicos y privados, en los planes, programas y políticas de desarrollo social y bienestar, procurando la igualdad sustantiva prevaleciendo a los grupos de atención prioritarios;
Promover, coordinar y coadyuvar en la elaboración de los programas de desarrollo social y bienestar del Municipio, así como evaluar y dar seguimiento a su cumplimiento;
Establecer las reglas de operación o los lineamientos para la elaboración y/o actualización de los Programas Municipales de Desarrollo Social, mismos que deberán de contar con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género y ser aprobados de acuerdo a la normativa municipal, satisfaciendo lo siguiente:
a) Las necesidades materiales básicas de la población, esencialmente en los ámbitos de alimentación, salud, educación, vivienda e infraestructura social;
b) Promover la erradicación de la desigualdad producida por la mala distribución de la riqueza, los bienes y los servicios entre los individuos y grupos sociales;
c) Promover la erradicación de la inequidad social derivada de condiciones de raza, origen étnico o nacional, condición social, juventud, religioso, orientación o preferencia sexual, identidad, género, condición física, discapacidad, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, o estado civil.
Dirigir y evaluar los resultados de todos los programas de desarrollo social y bienestar aplicados;
Determinar, elaborar y proponer planes y programas de desarrollo social y bienestar del Municipio predominando a los grupos de atención prioritaria, así como evaluar y dar seguimiento a su cumplimiento con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género;
Establecer, revisar y validar las convocatorias de los programas de desarrollo social y bienestar del municipio;
Vigilar el cumplimiento de las acciones o programas que atiendan el mejoramiento de espacios a través de la participación de las personas que residen en el Municipio, en donde hay bajo desarrollo social y alta marginalidad y que presenten condiciones de degradación urbana, conflictividad e inseguridad social que disminuye la calidad de vida de sus residentes;
Promover las acciones necesarias para combatir las carencias por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad;
Analizar y diagnosticar las diversas problemáticas sociales en los diversos sectores del Municipio;
Fomentar la participación de instituciones académicas, de investigación, de organizaciones no gubernamentales y de la sociedad en general, para la realización de estrategias para combatir las diversas problemáticas sociales e impulsar el bienestar social de la población para la obtención de una igualdad sustantiva con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género;
Fomentar y establecer mecanismos de participación de la mujer en el ámbito público y privado a través de la Política de Bienestar con enfoque de derechos humanos, encaminadas a prevenir las diferentes modalidades y tipos de violencia, a fin de asegurar a las mujeres el ejercicio pleno del derecho a una vida libre de violencia;
Promover acciones que consideren a las personas que habitan y sobreviven en las calles como un grupo de atención prioritaria, y establecer medidas para garantizar todos sus derechos;
Promover, elaborar y ejecutar programas especiales de desarrollo social y bienestar que combatan las carencias sociales y atienden a los grupos de atención prioritaria;
Promover y establecer programas o acciones que permitan la gestión y ejecución de recursos de fondos para apoyar el desarrollo social y bienestar del Municipio, así como las reglas de operación y lineamientos que de estos deriven;
Implementar acciones para la difusión de ferias, exposiciones y eventos vinculados a la promoción de salud, asistencia social, educación, cultura de la ciudadanía con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género;
Promover acciones que atiendan grupos de atención prioritaria del Municipio para minimizar los impactos ocasionados por desastres, contingencias o emergencias naturales;
Promover la instalación e integración del Consejo Consultivo para el Desarrollo Social del Municipio de Benito Juárez y realizar la función de secretario de Actas, con el objeto de dar consecución del bien común a través del mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes más vulnerables del Municipio de acuerdo con la normativa aplicable;
Coadyuvar en la resolución ante la posibilidad de destitución o separación del cargo del o los integrantes del Comité de vecinos, cuando la Dirección de Organización Comunitaria Cohesión social y Participación Ciudadana, detecte el posible incumplimiento de las obligaciones fundamentales o mal funcionamiento de algún miembro de dicho Comité; o haber incurrido en actos inapropiados, indebidos o que afecten a la moral y a las buenas costumbres;
Establecer los mecanismos correspondientes para coordinar y conducir los aspectos técnicos para la integración y operación del registro administrativo que incluyen a las personas atendidas por los programas de Desarrollo social cuyo perfil socioeconómico se establezca en la normativa correspondiente; dicho registro deberá ser regulado bajo los mecanismos necesarios en la normativa aplicable de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados;
Promover el desarrollo de proyectos integrales de alto impacto que buscan contribuir a la transformación social y lograr una plataforma para el goce de los derechos humanos y el ejercicio del derecho a la ciudad, además de dotar de espacios e infraestructura pública de calidad para el desarrollo integral de las comunidades, de áreas públicas seguras, inclusivas y accesibles, siendo programas o proyectos para el desarrollo y bienestar de los grupos de atención prioritaria, en las zonas de mayor incidencia, conflicto social o rezago urbano;
Promocionar y establecer mecanismos de acción de vigilancia, seguimiento y evaluación de obras, apoyos, servicios y acciones que realiza el Gobierno Municipal, a través de la participación ciudadana en apego a la normativa aplicable en la materia;
Coordinar la promoción, asesoría y capacitación en materia de desarrollo comunitario y política social a las Instituciones Gubernamentales o particulares que lo soliciten;
Coadyuvar y ejecutar en coordinación con la Secretaría Técnica de la Presidencia Municipal, el Presupuesto Participativo de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Participación Ciudadana para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo;
Coordinar y fomentar el desarrollo cultural y comunitario con la finalidad de apoyar iniciativas artísticas individuales o colectivas dentro del municipio como acción de reconstrucción del tejido social;
Constituir programas derivados de la política de bienestar que consideren la intervención de mujeres de grupos de atención prioritaria;
Coordinar, concertar, fomentar y ejecutar con la participación de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, de los sectores social y privado, programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población;
Planear y ejecutar individual o coordinadamente con sectores privados, organizaciones de la sociedad civil, representantes de la sociedad civil y de los tres órdenes de gobierno, programas y proyectos sociales en beneficio de la comunidad; en apoyo a la ciudadanía sin fuentes de empleo o extrema pobreza en zonas urbanas y/o rurales, con el fin de mejorar el bienestar del Municipio;
Ejecutar en coordinación con otras dependencias programas de asistencia social a niñas, niños y jóvenes de la calle y grupos de atención prioritaria del Municipio;
Diseñar, concertar y dar seguimiento a los programas sociales y de bienestar que se implementen en el Municipio, para la atención de grupos específicos y sectores de la sociedad, debiendo coordinarse con los Gobiernos Federal y Estatal, así como propiciar la participación ciudadana;
Participar y coadyuvar con la Federación y el Estado en la elaboración de planes regionales, sectoriales y especiales relacionados con el desarrollo social y bienestar del Municipio;
Promover, implementar, gestionar, ejecutar, coordinar y dar seguimiento a los programas de apoyo social en el Municipio que combatan las carencias sociales;
Promover la participación ciudadana, académica, de los sectores públicos y privados;
Propiciar la planeación y el seguimiento de los programas y/o acciones en materia de visibilidad, sensibilización, concientización, capacitación, difusión y promoción de la cultura de inclusión y no discriminación, en atención a la diversidad sexual;
Las demás facultades inherentes a su cargo o las que, en su caso, le asigne El o La Titular de la Secretaría.
Es responsable de vigilar, supervisar, observar la correcta y oportuna coordinación, operación y administración de los programas y acciones de apoyo a la ciudadanía que destina el municipio de Benito Juárez al sector social.
Participar en las actividades en las cuales se requiera su apoyo como son: entrega de apoyos a la ciudadanía, resguardo de bienes siempre y cuando estén facultados para la firma de los resguardos correspondientes, administración de refugios temporales en caso de alguna contingencia, en eventos de difusión de cualquier programa, actividad, que lleven a cabo la Dirección General de Bienestar o sus Direcciones de área, la Secretaría Municipal de Bienestar y/o cualquier otra dependencia que lo solicite.