Establecer y ejecutar acciones que garanticen el pleno ejercicio de los derechos sociales asegurando el acceso a toda la población al desarrollo social, respetando plenamente la dignidad humana, sin discriminación por origen étnico o nacional, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, genero, identidad o estado civil.
Coadyuvar a la Dirección Jurídica de la Secretaría Municipal de Bienestar, para el desarrollo y establecimiento de las Lineamientos en la actuación del Programa de Estímulos a la Educación, en el que se constituya el proceso, asignación y ejecución de las acciones para el ejercicio de los recursos procurados. Las Reglas de Operación deberán contener mecanismos de bienestar social, costo social, simplificación de cargas administrativa, reducción de los costos de operación, transparencia y protección de datos personales en posesión de Sujetos Obligados. En las Reglas de operación del Programa de Estímulos a la Educación se delimitará el actuar de los involucrados para la asignación de recursos en beneficio de la población.
Coordinar las acciones y actividades derivadas del Programa de Estímulos a la Educación que el Municipio otorga a estudiantes de Escuelas Públicas de Educación Especial, Básica, Media Superior y Superior, en apego a las Reglas de Operación.
Elaborar y desarrollar las acciones técnicas y operativas inherentes al Programa de Estímulo a la Educación que el Municipio otorga a estudiantes de Escuelas Públicas de Educación Especial, Básica, Media Superior y Superior, en apego a la Reglas de Operación del Programa de Estímulo a la Educación vigentes.
Realizar la integración y actualización del registro administrativo del Programa de Estímulo a la Educación. Los lineamientos de dicho registro deberán establecerse en las Reglas de Operación del Programa de Estímulo a la Educación considerando los mecanismos de Mejora Regulatoria, Transparencia y Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Gestionar y coordinar ante las dependencias municipales las acciones financieras para la procuración de los estímulos a la educación en apego a las Reglas de Operación.
Cumplir con las Disposiciones jurídicas dispuestas en las Reglas de Operación del Programa de Estímulo a la Educación en la ejecución de las acciones que corresponde a la Coordinación.
Elaborar y entregar un Informe mensual, trimestral o semestral a solicitud expresa por el superior jerárquico respecto de las actividades o los programas desarrollados.
Las demás funciones inherentes a su cargo o las que, en su caso, que le sean establecidas en las disposiciones jurídicas aplicables en la materia o por el superior jerárquico.
Gestionar ante la Dirección de Planeación Municipal la validación y liberación de los recursos financieros para el pago de becas.