Representar legalmente al Instituto, con facultades para actos de administración, pleitos y cobranzas. Los actos de dominio serán facultad exclusiva del Ayuntamiento;
Fungir como Secretario Técnico del Consejo Directivo;
Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a sus funciones;
Organizar y dirigir técnica y administrativamente al Instituto, de conformidad a lo establecido en el presente reglamento y el acuerdo de creación;
Nombrar y remover a los servidores públicos del Instituto y los que sean asignados a éste, conforme a los ordenamientos legales aplicables;
Ejecutar los planes, programas, proyectos y demás acuerdos y resoluciones aprobadas por el Consejo Directivo;
Proponer al Consejo Directivo la modificación a la estructura orgánica del Instituto, así como de los Manuales de Organización y los de Procedimientos del mismo, así como en general, todas las disposiciones inherentes a éste;
Elaborar el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Instituto y presentarlo a la consideración del Consejo Directivo;
Realizar el manejo y administración de los recursos humanos, técnicos, financieros y materiales asignados al Instituto, de conformidad al presupuesto de egresos aprobado;
Interpretar para efectos Administrativos el presente Reglamento;
Atender y orientar a la Ciudadanía con oportunidad y eficiencia, sobre la información que se le solicite;
Elaborar los programas e informes de Mejora Regulatoria, Desarrollo Administrativo e Innovación, para el Municipio y someterlos a la consideración del Consejo Directivo;
Presentar al Consejo Directivo, los asuntos que deban someterse a la consideración de este;
Asistir a las sesiones del Consejo, a las reuniones del Instituto, y promover reuniones de trabajo con los titulares de la Administración Pública Municipal, para cumplir con sus atribuciones;
Someter a consideración del Consejo Directivo, las propuestas de anteproyectos de leyes, decretos, reglamentos de carácter general, acompañando su Manifestación de Impacto Regulatorio;
Inscribir al Instituto en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un organismo municipal descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, según corresponda;
Interponer denuncias y querellas de acuerdo a los intereses del Instituto;
Elaborar y proponer al Consejo Directivo las políticas, lineamientos y manuales para la implementación y desarrollo de las distintas vertientes del Programa Municipal de Desarrollo Administrativo e Innovación;
Mantener el adecuado resguardo y archivo de los documentos e información que por cualquier medio le proporcione la administración municipal y lo que genere el propio Instituto;
Promover la instalación del Comité de Adquisiciones del Instituto Municipal de Desarrollo Administrativo e Innovación, así como la elaboración de su respectiva estructura, lineamientos, metodología y operación; misma que se derive de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, la Ley de Proyectos de Prestación de Servicios para el Estado y los Municipios de Quintana Roo; así como la reglamentación y normatividad aplicable en la materia;
Promover la instalación del Comité Interno de Mejora Regulatoria y del Consejo de Mejora Regulatoria, de acuerdo al Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo;
Promover la instalación y formar parte del Comité responsable de la actualización y adecuación de la reglamentación del municipio y de los procedimientos de mejora regulatoria, conjuntamente con las autoridades edilicias y de las dependencias municipales competentes en la materia;
Promover la instalación del Comité de Gestión de Calidad Municipal;
Ejercer la facultad de Presidente del Comité de Adquisiciones del Instituto Municipal de Desarrollo Administrativo e Innovación; y,
Las demás inherentes a sus funciones, así como las que le sean asignadas en otros ordenamientos y por el Consejo Directivo.